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Los impuestos que pagará el bitcóin en Colombia

Los impuestos que pagará el bitcóin en Colombia

2021-03-23

La DIAN aclaró los impuestos que aplican durante el piloto de retiro y depósito de criptomonedas que comenzó en marzo. Renta, patrimonio e incluso el 4x1.000 están sobre la mesa. ¿Deberían tributar diferente?

 

El precio del bitcóin ha subido casi un 90 % en 2021 y se cotiza en cerca de los US$57.000 (más de $200 millones).

Por primera vez se tiene claridad de cómo el bitcóin, negocio que ha movido internamente más de $140.000 millones en 2021 (según Coindance), deberá pagar impuestos en Colombia. Gracias al marco regulatorio temporal que se creó el año pasado, el Sandbox, las autoridades determinaron una hoja de ruta para gravar estos recursos dentro del sistema financiero colombiano. Se trata de un hito cuya importancia solo se puede apreciar al entender la preocupante modalidad informal que rige en Colombia a la hora de invertir en monedas electrónicas.

La modalidad informal

La mayoría de transacciones de criptomonedas en Colombia se hacen por medio de peer to peer (P2P), que son portales que conectan a compradores con vendedores por medio de anuncios o clasificados, por lo que son transacciones entre personas que fijan las condiciones de intercambio con base en sus preferencias.

De hecho, desde hace varios años la mayoría de operaciones de los P2P en Colombia se pagan usando canales bancarios. Básicamente el vendedor pide que le depositen dinero a su cuenta, con ciertas especificaciones para evitar tener problemas, y así aceptar intercambiar la criptomoneda.

Si bien no hay ninguna regulación que impida usar los bancos como canal de pago, es un reto de supervisión, pues el dinero entra como cualquier consignación o transferencia. Entonces, es difícil, por no decir imposible, rastrear estas transacciones. Sobre todo, porque en Colombia es común negociar fracciones de criptomonedas: lo que alcance con $150.000, por ejemplo. Y los montos bajos son aún más difíciles de seguir.

Pero no es un problema menor: al revisar el volumen que mueve Localbitcoins, el portal P2P en donde más se venden bitcóins en Colombia, tan solo en 2020 se transaron $489.000 millones (según Coindance), que probablemente entraron a cuentas bancarias colombianas. Y no está claro cuántos y qué tipo de impuestos pagaron estas rentas.

La modalidad formal: el piloto

Gracias al marco regulatorio que creó el Sandbox, en este mes de marzo comenzó el primer piloto de retiro y depósito de criptomonedas, en donde se encuentran alianzas de algunos de los principales bancos del país con grandes referentes de empresas de criptomonedas: Banco de Bogotá - Bitso, Banco de Bogotá - Buda, Bancolombia - Gemini, Coltefinanciera - Obsidiam, Davivienda - Binance, Powwi - Binance, Coink - Banexcoin, Movii - Panda y Movii - Bitpoint.

Si bien cada proyecto tiene sus particularidades, en esencia todos tienen el mismo modelo: un puente entre las plataformas de intercambio de criptomonedas y los bancos. De esta manera, cuando un usuario quiera liquidar sus ganancias podrá convertir automáticamente criptomonedas en pesos colombianos y transferir esos recursos a cuentas bancarias colombianas.

Es decir, desde ahora se pueden liquidar legalmente las ganancias de las inversiones en criptomonedas dentro del sistema financiero colombiano. Además, implica que por primera vez se podrán rastrear los recursos de este mercado, facilitando las labores de control y supervisión de las autoridades.

La tributación

Al revisar la modalidad formal e informal, se encuentra que en ambas alternativas los inversionistas terminan con sus ganancias en pesos dentro del sistema financiero colombiano. Entonces, la duda es si existe una diferencia en términos de tributación.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le explicó a El Espectador que “hoy en día las disposiciones tributarias no establecen tratamientos fiscales especiales para este tipo de proyectos pilotos de criptoactivos, en ese sentido, si del desarrollo de dichas actividades se causan hechos generados de impuestos o retenciones, los responsables y agentes retenedores deberán aplicar las disposiciones generales que le correspondan sobre dichas operaciones”.

De esta manera la DIAN explica que las rentas de criptomonedas pueden ser sujetas del “gravamen a los movimientos financieros (el 4x1.000) si conllevan a la realización de transacciones financieras y retención en la fuente si conlleva a operaciones que generan ingresos susceptibles de producir un incremento neto en el patrimonio en el momento de su percepción. Y para el contribuyente que obtenga sus ingresos, deberá cumplir con su obligación de declarar y pagar impuesto de renta y complementario, si a ello hubiere lugar”.

De esta manera, la tributación para las criptomonedas dentro del piloto es básicamente la misma a la que aplica para cualquier recurso o activo dentro del sistema financiero colombiano. Pero en la práctica también es el régimen con el que lidian aquellos que liquidan sus ganancias en la modalidad informal.

Por esto, para Carlos Mesa, director de la fundación Bitcóin Colombia, “con el piloto no hay mayor cambio en términos de tributación, pues al igual que antes, el dinero entra a cuentas bancarias colombianas, en donde está sujeto a todos los impuestos que apliquen. Pero sí es importante en términos de claridad, pues antes no sabíamos cuál era el modelo de tributación que aprobaba la DIAN. Además, este tipo de hitos puede dar pie para más avances, como un régimen especial”.

Sin embargo, la gran diferencia se da en términos de supervisión. Con la modalidad informal no es clara la procedencia de los recursos: generando retos para calcular impuestos relacionados de estas inversiones, como el impuesto de renta o el del patrimonio.

¿Deberían tributar diferente?

Mauricio Toro, representante a la Cámara del Partido Verde y autor del proyecto de ley para regular los criptoactivos en Colombia, explica que “en temas tributarios es importante diferenciar dos momentos: primero, la tributación en relación con el servicio de intermediación tecnológica, que es el servicio que prestan las plataformas para que los usuarios puedan comprar y vender sus criptoactivos. Como cualquier servicio tecnológico, ya la DIAN ha aclarado los impuestos que le aplican. Y en segundo lugar está la tributación en relación con el posible incremento patrimonial que pueda tener el usuario, si obtiene ganancias al momento de vender sus criptoactivcos. Igualmente, se aplica la reglamentación tributaria existente según el régimen fiscal de la persona”.

Toro agrega que, “aunque no creemos que se necesite crear normas tributarias nuevas o específicas, sí creemos que es importante debatir estos asuntos que no están incluidos en el piloto de la Superfinanciera. Se deben definir en el trámite del proyecto de ley que avanza en paralelo al Sandbox”.

Si bien el 4x1.000 pesa en estas inversiones, es claro que el centro del debate giraría en torno al impuesto de renta y del patrimonio. Pues dado que no hay régimen especial, las ganancias por criptomonedas tienen el mismo trato que cualquier otro activo en Colombia. De hecho, para algunos tributaristas es muy similar a tener dólares: si de un período a otro la cotización sube, se debe pagar renta sobre las ganancias.

Este debate no solo se está dando en Colombia, sino que todos los gobiernos del mundo están buscando formas de que este exótico negocio pague impuestos. Por ejemplo, en Estados Unidos la IRS (la DIAN en Estados Unidos) clasifica las criptomonedas como propiedad y no como monedas. Es decir, el tratamiento es muy similar al de una acción, en donde los impuestos que aplican dependen de factores como el tiempo de tenencia, el valor (en dólares) y de las ganancias al momento del intercambio o venta.

Además, en 2019 la IRS por primera vez incluyó una pregunta, por medio de la forma 1040, que se refiere directamente a las criptomonedas, lo que obliga a declarar formalmente las ganancias en este mercado. Sin embargo, al menos en Estados Unidos, hay señales de que el mercado quiere pagar impuestos.

Coinbase, la principal plataforma de comercio de criptomonedas en Estados Unidos, ha venido dando una serie de recomendaciones a sus usuarios para que paguen impuestos. De hecho, hace un mes dejó claro por medio de su blog que está obligada por ley a reportar ciertos ingresos obtenidos por su clientes. Además, debe reportar las ganancias por concepto de comisiones dentro de su plataforma.

El problema es que el mercado va mucho más rápido que las regulaciones, todos los días salen nuevos desafíos. Por ejemplo, con los emergentes modelos de créditos, fondos de inversión y hasta ahorro con criptomonedas. De esta manera, los gobiernos de todo el mundo se enfrentan al reto de crear modelos tributarios que sean eficientes para este exótico negocio.

Sin embargo, en Colombia ya es un avance el hecho de que se tenga claro que dentro del piloto de criptomonedas no habrá un tratamiento fiscal especial. Por primera vez hay un concepto de la DIAN sobre cómo manejar formalmente los recursos de este mercado que mueve casi medio billón de pesos al año.

Volumen negociado y precio del bitcóin

© Archivo Volumen negociado y precio del bitcóin

Fuente
Artículo tomado de El Espectador
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