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Pymes también deben implementar la nómina electrónica

Pymes también deben implementar la nómina electrónica

2021-04-25

Las micro, pequeñas y medianas empresas en Colombia son el motor de la economía, actualmente, aportan el 34% del PIB nacional.

 

Colombia tiene 2.540.953 mipymes, que representan el 90% de las empresas del país, las cuales producen solo el 30% del PIB y emplean más del 65% de la fuerza laboral nacional, de acuerdo a cifras de Colombia Fintech.

Las micro, pequeñas y medianas empresas en Colombia son el motor de la economía, actualmente, aportan el 34% del PIB nacional, generan alrededor del 67% del empleo formal y aproximadamente el 10% de las exportaciones no relacionadas a la minería, además, por si fuera poco, comprenden el 96% del tejido empresarial.

Teniendo en cuenta las cifras anteriores las Pymes son las que mueven la economía nacional, así que cualquier ajuste a su forma de operar, genera de manera inmediata cambios en la operación económica del país. Actualmente, muchas de ellas se han adaptado de forma correcta a la facturación electrónica, la cual ha dejado de lado los talonarios de facturas físicos por sistemas tecnológicos para generar los comprobantes de venta a todos los obligados a facturar sin importar si son personas naturales o jurídicas. Ahora, durante el 2021, llega una nueva transformación similar a la facturación: La nómina electrónica.

La nómina electrónica, que empezará a ser obligatoria a partir del 1 de julio, es un requerimiento que obliga a todas las empresas y personas naturales en Colombia que tienen empleados a presentar sus pagos de nómina (salario, aportes parafiscales, pagos a fondos de pensión, entre otros) a través de documentos electrónicos a la Dian. Las Pymes, también están obligadas así tengan un solo empleado a emitir nómina electrónica.

Es muy importante que todos los empresarios entiendan que la nómina electrónica será el único soporte para hacer las deducciones de impuestos correspondientes por los valores pagados de pensión, parafiscales y otros. Así que no se trata de un requerimiento que se pueda eludir, es una obligación y como tal hay que informarse y prepararse.

Las fechas de implementación son las siguientes: empresas de más de 250 empleados inician el 1 de julio; Empresas entre 100 y 250 empleados, el 1 de agosto; Empresas entre 11 y 100 empleados, el 1 de septiembre; Empresas entre 4 y 10 empleados, el 1 de octubre; Empresas entre 2 y 3 empleados, el 1 de noviembre, Empresas de 1 empleado, el 1 de diciembre. Es decir, todas las empresas en Colombia tienen que presentar nómina electrónica en el 2021, sin excepciones.

Fuente
Artículo tomado de Portafolio
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