Este estudio analiza la tasa de usura en Colombia, su historia, los argumentos a favor y en contra, y su impacto en el mercado crediticio. Desde la década de 1970, la tasa ha tenido hitos como la Ley 510 de 1999, que la fijó en 1,5 veces la tasa de interés bancaria corriente (IBC), y la Ley 599 de 2000, que tipificó la usura como delito. También se revisan cambios recientes en el cálculo del IBC, como el uso de un promedio ponderado en 2023, que impactó el nivel de la tasa y la separación de los créditos para caracterizar mejor el perfil de los prestatarios y sus riesgos particulares.
Una vez revisado el contexto histórico, se analiza la literatura, la cual muestra que la mayoría de los estudios critican la tasa de usura. Aunque algunos autores argumentan que esta protege a los consumidores financieros del cobro de tasas abusivas por parte de los bancos, los críticos –tanto académicos, como nuestra asociación– señalan que limita el acceso al crédito, especialmente para los sectores más vulnerables. Al no poder cobrar tasas que reflejen el riesgo de cada consumidor, las entidades únicamente otorgan préstamos a aquella personas con mayor solvencia y con garantías y colateral, lo que excluye a las personas más vulnerables del acceso al crédito formal.
Finalmente, el estudio concluye que, pese a sus buenas intenciones, la tasa de usura puede restringir la inclusión financiera. Ejemplos como el alza de la tasa para microcréditos en 2007 ampliaron el acceso al crédito para la población, pero también excluyeron a algunos prestatarios. Asimismo, en 2023, los cambios metodológicos en el cálculo de la tasa de usura, generaron una reducción en esta que obligó a las entidades crediticias a reajustar sus créditos, limitando potencialmente la oferta de créditos. Como alternativa a la usura, el estudio sugiere abordar las fallas del mercado financiero directamente, fomentando la competencia, la innovación financiera y la educación del consumidor.